ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE el Proyecto de Desarrollo Rural Sostenible de las Provincias de Coclé, Colón y Panama Y
CUERPO DE PAZ
El CUERPO DE PAZ, representado en
este acto por, la Lcda. Janice F. Jorgensen, mujer, mayor de edad,
ciudadana de los Estados Unidos de América, con pasaporte No. 801021640, en su
condición de Directora de EL CUERPO DE PAZ EN PANAMÁ, agencia de
los Estados Unidos de América con sede en la ciudad de Washington, D.C., quien
en adelante se le denominará EL CUERPO DE PAZ, y por la otra, EL
Proyecto de Desarrollo Rural Sostenible de las Provincias de Coclé, Colón y
Panamá representado en este acto, por el Ing. Orlando Quintero,
varón, mayor de edad, panameño, con cédula de identidad personal No.
4-110-430, actuando en calidad de Director Ejecutivo del mismo, en adelante
EL PROYECTO, acuerdan celebrar el presente Acuerdo General de
Cooperación y Asistencia Técnica.
Este Acuerdo se fundamenta en el Convenio
existente entre los Gobiernos de la República de Panamá y el de los Estados
Unidos de América, aprobado mediante Ley No. 18 del 19 de noviembre de 1990.
CONSIDERANDO:
Que EL PROYECTO realiza una serie
de actividades y obras como respuesta del Gobierno Nacional para el combate a
la pobreza Rural en beneficio de la población de comunidades alejadas de los
centros urbanos y de difícil acceso, con ingresos económicos por debajo de la
línea de la pobreza, por medio de acciones que buscan aumentar el ingreso
económico de las familias incrementando la producción y la productividad con la
organización de los productores, su capacitación, apoyo financiero y otras
actividades similares en el mismo sentido, promoviendo la autogestión, la
participación y la sostenibilidad, con respeto al medio ambiente y la promoción
del enfoque de género que involucra a toda la familia con equidad y justicia.
Que EL Cuerpo de Paz, como agencia autónoma del gobierno de
los Estados Unidos de América, promueve la paz y la amistad mundial, dispone de
recursos humanos capacitados para colaborar con los programas comunitarios de
desarrollo sostenible en apoyo de los pequeños productores, y mantiene
relaciones de trabajo con agencias del gobierno y del sector privado tales
como: Ministerio de Desarrollo Agropecuario, la Autoridad Nacional del Medio
Ambiente, Ministerio de Educación, la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa, Patronato Nacional de Nutrición, Ancón, CrediMujer, entre otros.
ACUERDAN:
1.
El propósito fundamental del presente Acuerdo
es establecer un estrecho lazo de cooperación, coordinación y trabajo entre EL
PROYECTO y El CUERPO DE PAZ para la ejecución de actividades
de organización, capacitación, promoción, asistencia, desarrollo, seguimiento
y evaluación de actividades autosostenibles, en grupos organizados, familias y
productores individuales que se agrupan en los Comités de Desarrollo
Sostenibles(C.C.D.S.) dentro del área de intervención de EL PROYECTO
2.
El PROYECTO y
EL CUERPO DE PAZ identificarán, recogerán, seleccionarán y
desarrollarán proyectos en el sector empresarial creando equitativas
oportunidades de participación tanto a hombres como a mujeres. En base a las
necesidades de los proyectos seleccionados mutuamente, asignarán Técnicos de su
personal en apoyo profesional para que los mismos presten servicios de
cooperación y de asistencia técnica.
3.
EL PROYECTO y
EL CUERPO DE PAZ identificarán en conjunto sitios potenciales
para la asignación de los voluntarios, para lo cual se harán giras a los
mismos.
4.
EL CUERPO DE PAZ asignará personal voluntario para prestar servicios de
cooperación y asistencia técnica, por un período de un (1) año, en base al Plan
de Trabajo acordado por ambas partes. Este personal se reunirá con la
periodicidad necesaria a cada situación para la coordinación y ejecución de los
planes de desarrollo conjunto.
5.
EL CUERPO DE PAZ informará a EL PROYECTO, los sitios previamente acordados
a los que serán asignados los voluntarios quienes están destinados a trabajar
con miembros de la comunidades dentro de su área de intervención . Esta
información será suministrada al Proyecto por lo menos una vez al año o cuando
sea necesario.
6.
EL CUERPO DE PAZ es responsable del bienestar general de los voluntarios,
incluyendo su estipendio mensual, salud y seguridad durante el período de
servicio en Panamá. EL PROYECTO se compromete a prestar su apoyo en la
medida de sus posibilidades en el caso de que se suscite una emergencia que
involucre a uno o más de los voluntarios de EL CUERPO DE PAZ relacionados
con EL PROYECTO.
7.
el
proyecto y EL CUERPO DE PAZ
convienen en asesorar y asignar a los voluntarios de EL CUERPO DE PAZ
en las funciones técnicas conforme a los lineamientos establecidos por
ambas entidades; que cubrirán temas como:
a.
Asistencia técnica en las áreas señaladas en
el presente convenio y otras que se definan en el futuro.
b.
Intercambio de información técnica y
científica en los campos de interés entre ambas partes.
c.
Desarrollo de programas de capacitación de
manera conjunta dirigidos a productores, técnicos y al sector microempresarial
existente en las áreas definidas en el plan de trabajo.
d.
Intercambio de material informativo para su
utilización en cursos y seminarios.
e.
el
proyecto facilitará a EL CUERPO DE PAZ
el acceso a equipo de oficina o cualquier otro apoyo previamente acordado
cuando y/o donde sea posible.
f.
el
proyecto colaborara en la coordinación de el
trabajo de los Voluntarios, y orientará en el desempeño de sus funciones en las
áreas donde tenga presencia a ambas partes.
g.
el
proyecto apoyará dentro de sus posibilidades a los
voluntarios, a través de su personal operativo y/o administrativo;
h.
el
proyecto sufragará los gastos de los Voluntarios
en concepto de transporte, hospedaje u otras retribuciones similares que se
generen en ocasión de actividades solicitadas expresamente por ella, y que sean
previamente acordadas.
i.
el proyecto participará en el
período de capacitación de los Voluntarios, previo y durante el ejercicio de
sus funciones, según sea necesario, a fin de que éstos estén mejor capacitados
para las labores asignadas dentro de EL PROYECTO.
8.
Se realizará una reunión anual para la
elaboración y seguimiento del Plan de Trabajo, el cual debe ser aprobado
anualmente por el Director Ejecutivo de el
proyecto y por el Director General de EL CUERPO DE PAZ.
Ambas partes
designarán a un Coordinador responsable de la ejecución y coordinación de los
programas y del seguimiento respectivo. Por parte de el proyecto, el Director Ejecutivo fungirá como enlace entre EL
Cuerpo de Paz y el proyecto, quien a su vez, delegará
de manera total o parcial, en uno o varios colaboradores según sea necesario.
Igual condición deberá regir para EL CUERPO DE PAZ.
9.
El presente convenio tendrá una duración de un
año, a partir de la firma del presente documento y, podrá modificarse o
prorrogarse con el consentimiento de ambas partes o dejarse sin efecto por cualesquiera
de las partes, con treinta (30) días de previo aviso.
10. Este convenio se celebra de buena fe, por lo que cualquier
conflicto o controversia que pueda surgir con respecto a su interpretación,
formalización y cumplimiento, se resolverá por mutuo acuerdo de las partes.
El presente convenio se suscribe en dos
(2) ejemplares originales, dado en la ciudad de Panamá, al día
del mes de del dos mil dos (2002).
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POR EL PROYECTO
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POR CUERPO DE PAZ EN PANAMÁ
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Orlando Quintero
Director Ejecutivo
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Janice F. Jorgensen
Directora General
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